Air China Internacional
Condiciones generales de transporte
Inicio >
Condiciones generales de transporte
Air China
Condiciones generales limitadas de transporte internacional para pasajeros y equipaje.
Índice
Artículo 1: Definición
Artículo 2: Ámbito de aplicación
Artículo 3: Billetes
Artículo 4: Tarifas, impuestos, tasas y suplementos
Artículo 5: Reservas
Artículo 6: Facturación y embarque
Artículo 7: Denegación y limitación del transporte
Artículo 8: Equipaje
Artículo 9: Itinerarios de vuelos, retrasos y cancelaciones
Artículo 10: Reembolsos
Artículo 11: Comportamiento a bordo de la aeronave
Artículo 12: Servicios adicionales
Artículo 13: Trámites administrativos
Artículo 14: Portadoras consecutivas
Artículo 15: Responsabilidad por daños
Artículo 16: Plazos para presentar reclamaciones
Artículo 17: Condiciones varias
Artículo 18: Efectividad y modificación
Aviso informativo sobre responsabilidad de la compañia en relacion con los pasajeros y su equipaje
Artículo 1: Definición
Cuando lea este documento de condiciones, tenga presente que:
- “Nosotros”, “nuestro”, “nos” y sus derivados morfológicos se refieren a Air China Limited.
- “Usted”, “su” y “suyo” se refieren a cualquier persona, salvo que sea miembro de la tripulación, que sea transportada en una aeronave en virtud de un billete. (Véase también la definición de “pasajero”).
- “Lugares de parada acordados” se refiere a aquellos lugares, excluidos el de partida y el de destino, que se indican en el billete o que figuran en nuestros horarios como lugares de parada acordada dentro de su ruta.
- “Código designador de línea aérea” se refiere a los dos caracteres o a las tres letras que designan a cada una de las empresas de transporte aéreo.
- “Agente autorizado” es un agente de ventas de billetes a pasajeros que ha sido designado por nosotros para representarnos en el proceso de venta de nuestros servicios de transporte aéreo.
- “Equipaje” se refiere a los efectos personales que le acompañan en su viaje. A no ser que se especifique otra cosa, se considerará que este término incluye tanto el equipaje facturado como el no facturado.
- “Comprobante de facturación” se refiere a aquellas partes del billete que hacen referencia al transporte de su equipaje facturado.
- “Etiqueta de identificación del equipaje” se refiere al documento expedido únicamente para la identificación de equipaje facturado.
- “Portadora” se refiere a toda entidad de transporte aéreo distinta de nosotros, cuyo código designador de línea aérea aparece en su billete o billete de conexión.
- “Equipaje facturado” se refiere al equipaje de cuya custodia nos hemos hecho cargo y para el cual hemos expedido un comprobante de facturación.
- “Hora límite de facturación” se refiere al límite de tiempo especificado por la aerolínea en el cual usted debe haber completado los trámites de facturación y recibido su tarjeta de embarque.
- “Billete de conexión” es el billete de avión emitido para el pasajero en conexión directa con otro billete; ambos billetes juntos constituyen un único contrato de transporte.
- “Convención” se refiere a todo instrumento de los que figuran a continuación que fuere aplicable según el contexto:
La Convención para la unificación de ciertas normas relativas al transporte aéreo internacional, firmada en Varsovia el 12 de octubre de 1929 (a la que, de aquí en adelante, llamaremos “la Convención de Varsovia”);
La Convención de Varsovia, según su versión modificada en La Haya el 28 de septiembre de 1955 (a la que, de aquí en adelante, llamaremos “Protocolo de La Haya”);
La Convención para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional, firmada en Montreal el día 28 de mayo de 1999 (a la que, de aquí en adelante, llamaremos “la Convención de Montreal”).
- “Cupón” se refiere tanto a un cupón de vuelo en papel como a un cupón electrónico, cada uno de los cuales da derecho al pasajero titular a viajar en el vuelo que aparece en el cupón.
- “Daños” incluyen: (1) el fallecimiento, lesión o daño personal de un pasajero sufrido y causado por un accidente ocasionado a bordo de la aeronave o durante las operaciones de embarque o desembarque; (2) la pérdida, el deterioro o la destrucción del equipaje facturado que se produzca mientras el equipaje está en la aeronave o a cargo de la compañía de transporte; (3) daño del equipaje no facturado que está a cargo del pasajero, causado por culpa de la compañía de transporte o por alguno de sus agentes.
- “Días” se refiere a días naturales, incluidos los siete días de la semana; a condición de que, a efectos de notificaciones, el día en el que se envíe una notificación no cuente como tal; y a condición de que, además, a efectos de determinar la duración del periodo de validez de un billete, el día en el que se expide el billete, o el día en el que comienza el vuelo tampoco cuenten como “días”.
- “Cupón electrónico” se refiere a un cupón de vuelo electrónico u otro documento equivalente que figure en nuestra base de datos.
- “Billete electrónico” se refiere al recibo de itinerario expedido por nosotros o por un tercero en nuestro nombre, los cupones electrónicos y, en su caso, un documento de embarque.
- “Cupón de vuelo” se refiere a la parte del billete marcada con la reseña “válido para el pasaje” o, en el caso de un billete electrónico, el cupón electrónico que indica los lugares concretos entre los que usted tiene derecho a viajar.
- “Fuerza mayor” se refiere a circunstancias inusuales e impredecibles fuera de nuestro control cuyas consecuencias no podrían haberse evitado aun habiendo tomado todas las precauciones necesarias.
- “Transporte internacional” es, a no ser que se estipule lo contrario en la Convención, el transporte en el cual, según el contrato de transporte, ni el lugar de partida, ni el de destino ni el de parada acordado, haya o no una pausa en el recorrido, estén situados en la República Popular China.
- “Recibo de itinerario” se refiere al documento o documentos que expedimos a los pasajeros que viajan con billetes electrónicos y en el que figuran el nombre del pasajero, la información sobre el vuelo, etc.
- “Aviso de las Condiciones de Contrato incorporadas mediante referencia” se refiere a aquellas declaraciones, que normalmente figuran en el billete de avión o en el recibo de itinerario, que incorporan mediante referencia estas Condiciones de transporte y avisos.
- “Pasajero” se refieren a toda persona, salvo que sea miembro de la tripulación, que sea transportada en una aeronave en virtud de un billete. (Véase también la definición de “Usted”, “su” y “suyo”).
- “Cupón de pasajero” o “Recibo de pasajero” se refiere a la parte del billete, expedido por nosotros o por un tercero en nuestro nombre, que está marcado como tal y que usted tendrá que conservar.
- “DEG” son los derechos especiales de giro según la definición del Fondo Monetario Internacional.
- “Escala” se refiere a una parada programada dentro de su viaje, en un punto intermedio entre el lugar de partida y el de destino.
- “Tarifa” se refiere a las tarifas, cargos y/o Condiciones de transporte pertinentes de una aerolínea, publicados y presentados, cuando fuere necesario, a las autoridades apropiadas.
- “Billete” se refiere bien al documento denominado “billete de pasajero y comprobante de facturación” o al billete electrónico, en cada caso, expedido por nosotros o por un tercero en nuestro nombre, y que incluye las Condiciones contractuales, los avisos y los cupones.
- “Equipaje no facturado” se refiere a todo equipaje que no sea equipaje facturado.
Artículo 2: Ámbito de aplicación
2.1 Disposiciones generales
A excepción de lo dispuesto en los apartados 2.2, 2.4 y 2.5, nuestras Condiciones de transporte se aplican únicamente a aquellos vuelos o segmentos de vuelos en los que figure nuestro nombre o código designador de línea aérea en la casilla de portadora del billete correspondiente a dicho vuelo o segmento de vuelo.
2.2 Operaciones chárter
Si el transporte se realiza de acuerdo con un contrato de chárter, estas Condiciones de transporte se aplicarán únicamente en la medida en la que queden incorporadas por referencia o en forma otra a dicho contrato de chárter o al billete.
2.3 Códigos compartidos
Puede darse el caso de que, para algunos servicios, tengamos establecidos acuerdos con otras portadoras, lo que se conoce como "Códigos compartidos". Esto implica que, aun si tiene una reserva con nosotros y es titular de un billete en el que figura nuestro nombre o nuestro código designador de línea aérea como portadora, puede ser otra portadora la que aporte la aeronave. Si fueran de aplicación tales acuerdos, se le comunicará el nombre de la portadora operante en el momento de realizar su reserva.
2.4 Legislación imperante
Estas Condiciones de transporte se aplican a todo el transporte que realicemos, a no ser que se hallen en conflicto con nuestras tarifas o con la legislación competente, en cuyo caso prevalecerían tales tarifas o leyes.
Si cualquiera de las disposiciones de las presentes Condiciones de transporte se declarara inejecutable en virtud de cualquier ley aplicable, el resto de tales disposiciones conservará individualmente su validez.
2.5 Primacía de las condiciones sobre las regulaciones
A excepción de lo previsto en las presentes Condiciones de transporte, en caso de conflicto entre estas Condiciones de transporte y cualquier otra regulación que nosotros pudiéramos tener, prevalecerá lo dispuesto en las presentes Condiciones de Transporte.
Artículo 3: Billetes
3.1 Disposiciones generales
3.1.1 Prestaremos servicio de transporte únicamente al pasajero cuyo nombre figure en el billete, a efectos de lo cual podrá solicitársele que presente una identificación apropiada para comprobar su identidad.
3.1.2 El billete es intransferible
3.1.3 Algunos billetes se venden a tarifas con descuento que pueden ser parcial o totalmente no reembolsables. Usted debe escoger la tarifa que mejor se adapte a sus necesidades.
3.1.4 Si usted tiene un billete como el descrito en el apartado 3.1.3 que esté enteramente sin usar, y no puede viajar por causa de fuerza mayor, siempre que nos avise con antelación y nos aporte pruebas de dicha fuerza mayor nosotros le abonaremos la cuantía no reembolsable de la tarifa para un futuro viaje con nosotros, sujeto a una deducción razonable en concepto de comisión administrativa.
3.1.5 El billete es y permanece en todo momento propiedad de la portadora emisora del billete.
3.1.6 Salvo en el caso de un billete electrónico, usted no tendrá derecho a ser transportado en un vuelo a no ser que presente un billete válido que contenga el cupón correspondiente a dicho vuelo, que no podrá haber sido utilizado previamente, así como los otros cupones de vuelo sin utilizar y el cupón de pasajero. Por otra parte, tampoco tendrá derecho a ser transportado si el billete que presenta se encuentra dañado o ha sido alterado en modo alguno por alguien que no pertenezca a nuestra compañía o nuestro agente autorizado. En el caso de un billete electrónico, no tendrá derecho a ser transportado en un vuelo a no ser que nos proporcione una identificación adecuada y se haya expedido a su nombre un billete electrónico válido.
3.1.7 (a) En caso de pérdida o daño de un billete (o de una parte de éste) por su parte, o en caso de no presentar un billete que contenga el cupón de pasajero y todos los cupones de vuelo sin usar, a petición de usted y con nuestra aprobación, reemplazaremos dicho billete (o parte de él) mediante la emisión de un nuevo billete, siempre que exista evidencia contrastable en ese momento de que un billete válido para el/los vuelo(s) en cuestión fue debidamente emitido. Además, usted deberá firmar un acuerdo donde se comprometerá a reembolsarnos por cualquier coste o pérdida, hasta el valor del billete original, que sean incurridos razonablemente por nosotros u otra portadora por un mal uso del billete. Nosotros no le reclamaremos un reembolso por ninguna de las pérdidas resultantes de nuestra propia negligencia. La portadora que emita el nuevo billete podrá cobrarle una tasa administrativa razonable por este servicio, a no ser que la pérdida o daño del billete fuera consecuencia de una negligencia de la portadora en cuestión o de su agente.
3.1.7 (b) Cuando no exista dicha evidencia o cuando usted no firme tal acuerdo, la portadora emisora del nuevo billete podrá exigirle que pague el precio completo del billete por un billete sustitutivo, sujeto a devolución si y cuando la portadora emisora del billete original esté satisfecha con el hecho de que el billete perdido o dañado no ha sido usado durante su periodo de validez.
3.1.8 El billete es un documento valioso, por lo que debe adoptar las medidas oportunas para salvaguardarlo y evitar su pérdida o robo.
3.2 Periodo de validez
3.2.1 Salvo que figure lo contrario en el billete, en las presentes Condiciones de transporte o en las tarifas aplicables (que puedan limitar la validez del billete, en cuyo caso tal limitación se mostrará en él), todo billete será válido en los casos siguientes:
3.2.1 (a) durante un año a partir del momento del inicio del viaje, siempre que éste se produzca en el plazo de un año desde la emisión del billete, es decir, un año desde el primer día de viaje contemplado en el billete; o,
3.2.1 (b) si no se ha usado ninguna parte del billete, un año desde la fecha de emisión.
3.2.2 En caso de que no le resulte posible viajar dentro del periodo de validez del billete porque en el momento en el que usted solicita la reserva nos fuera imposible confirmarla, la validez de tal billete se ampliará, o podrá usted solicitar el reembolso de su importe de acuerdo con el Artículo 10.
3.2.3 Si tras haber comenzado su viaje le resultara imposible viajar dentro del periodo de validez del billete a causa de una enfermedad, podremos ampliar tal periodo de validez hasta la fecha en la que usted se encuentre en condiciones de viajar, o hasta la fecha del siguiente vuelo que hagamos después de tal fecha, desde el mismo lugar de partida en que se interrumpió el viaje, en el que haya plazas libres dentro de la misma clase de servicio correspondiente a la tarifa abonada en primera instancia. Dicha enfermedad deberá ser atestada por un certificado médico. Cuando los cupones de vuelo que queden en su billete o, en el caso de un billete electrónico, el cupón electrónico, incluyan una o más escalas, la validez de tal billete podrá ser ampliada por un máximo de tres meses desde la fecha que se indique en ese certificado. En tales circunstancias, ampliaremos de igual modo el periodo de validez de los billetes de todos los familiares directos que le acompañen.
3.2.4 En caso de fallecimiento de un pasajero durante el viaje, los billetes de las personas que acompañen a ese pasajero podrán modificarse renunciando a la estancia mínima o ampliando el periodo la validez. En caso de fallecimiento de un familiar directo de un pasajero que ya haya comenzado el viaje, la validez del billete del pasajero y de los familiares directos que viajen con él podrá asimismo modificarse. Toda modificación de este tipo podrá efectuarse sólo tras recibir un certificado de defunción en regla, y toda extensión de la validez del billete no podrá darse por un periodo superior a cuarenta y cinco (45) días desde la fecha que aparezca en el certificado de defunción.
3.3 Secuencia y uso de cupones
3.3.1 El billete que usted ha comprado es válido sólo para el transporte tal como se indica en el billete, desde el lugar de salida, pasando por los lugares de parada acordados, hasta el destino final. El precio que usted ha pagado está basado en nuestra tarifa y se refiere al transporte tal como se indica en el billete. Nuestra tarifa es una parte esencial de nuestro contrato con usted. El billete perderá su validez si no se emplean todos los cupones en la secuencia indicada en el billete.
3.3.2 Si usted deseara cambiar algún aspecto de su transporte debe ponerse en contacto con nosotros por adelantado. Se calculará el coste del nuevo plan de transporte y a usted se le dará la opción de aceptar el nuevo precio o de mantener su transporte original como se indica en el billete. Si las modificaciones solicitadas son debidas a causas de fuerza mayor, deberá ponerse en contacto con nosotros de inmediato y haremos un esfuerzo razonable para trasladarle, sin recargo alguno, hasta el siguiente lugar de parada acordado previsto o hasta su destino final.
3.3.3 Si usted cambiara su transporte sin nuestro consentimiento, nosotros fijaremos el precio correcto para su transporte actual. Usted deberá pagar la diferencia entre el precio ya abonado y el precio total aplicable de su transporte revisado. Los cupones de su billete que no hayan sido utilizados perderán su valor.
3.3.4 Tenga en cuenta que mientras algunos tipos de modificaciones no conllevarán cambios de precio, otros, tales como el cambio del punto de partida o el cambio de dirección del itinerario, pueden acarrear un incremento del precio. Hay muchas tarifas especiales que sólo tienen validez en las fechas y para los vuelos que figuran en el billete y pueden no ser canjeables en absoluto, o serlo únicamente mediante el pago de una tasa adicional.
3.3.5 Cada cupón de vuelo contenido en su billete será válido para el transporte en la clase de servicio en la fecha y para el vuelo en que se ha reservado plaza. Cuando se emite un billete originalmente sin especificar una reserva, la plaza podrá reservarse más tarde sujeta a nuestra tarifa y a la disponibilidad de espacio en el vuelo solicitado.
3.3.6 En el caso de que usted no se presente a un vuelo que ha reservado sin avisarnos previamente, podremos cancelar su reserva de vuelta o reservas subsiguientes. Sin embargo, si nos avisa con antelación, no cancelaremos sus reservas subsiguientes.
3.4 Nombre y dirección de la portadora
Nuestro nombre puede aparecer abreviado como nuestro código designador de línea aérea o, de lo contrario, en el billete. Nuestra dirección se considerará el aeropuerto de partida que figure junto a la primera abreviatura de nuestro nombre en la casilla de "portadora" del billete o, en el caso de un billete electrónico, según esté indicado para el primer segmento de vuelo del recibo de itinerario.
Artículo 4: Tarifas, impuestos, tasas y suplementos
4.1 Tarifas
Las tarifas sólo son aplicables para el transporte desde el aeropuerto en el punto de origen hasta el aeropuerto en el punto de destino, salvo indicación expresa de lo contrario. No incluyen transporte terrestre entre aeropuertos ni tampoco entre los aeropuertos y las terminales de la ciudad. Su tarifa se calculará de acuerdo con nuestra tarifa en vigor en la fecha de pago de su billete para el viaje en las fechas y en el itinerario específicos que se indican en él. Si usted cambiara su itinerario o fechas de viaje, esto podría modificar el precio a pagar.
4.2 Impuestos, tasas y suplementos
Además del precio del billete, usted deberá abonar todos los impuestos, tasas u otros gastos establecidos por el gobierno u otras autoridades, o por parte de las entidades de gestión de los aeropuertos. Al adquirir el billete, se le informará sobre todos estos impuestos, tasas y suplementos que no están incluidos en el precio, normalmente en una sección independiente del billete.
4.3 Moneda
Las tarifas, los impuestos, las tasas y los suplementos han de abonarse en la moneda del país en el que se emite el billete, a no ser que nuestro agente autorizado o nosotros mismos indiquemos lo contrario en o antes de la realización del pago. Nos reservamos el derecho plenamente discrecional de aceptar pagos en otras divisas debidos, por ejemplo, a la inconvertibilidad de la moneda local.
Artículo 5: Reservas
5.1 Requisitos para la reserva de plazas
5.1.1 Nosotros o nuestros agentes autorizados registraremos su reserva. Si lo solicita, le enviaremos una confirmación por escrito de su reserva.
5.1.2 Determinadas tarifas están sujetas a restricciones en relación con los cambios de reserva o las cancelaciones. Por favor, consulte las condiciones específicas en las respectivas disposiciones en materia de tarifas.
5.2 Plazos límite para la emisión de billetes
Si no ha pagado el billete antes del plazo límite establecido para su emisión, según le habremos comunicado, tanto nosotros directamente como nuestro agente autorizado, podremos cancelar su reserva.
5.3 Datos personales
Usted reconoce habernos facilitado sus datos personales para: efectuar una reserva, comprar un billete, obtener servicios adicionales, desarrollar y prestar servicios, cumplir los procedimientos de inmigración y de entrada en otros territorios, y para que facilitemos dichos datos a entidades gubernamentales, todo ello en relación con su viaje. A estos efectos, nos autoriza a conservar y utilizar estos datos, así como a transmitirlos a nuestras oficinas, agentes autorizados, organismos oficiales, otras portadoras o a los proveedores de los servicios antes mencionados.
5.4 Sin garantía de un asiento particular
Procuraremos atender todas las solicitudes de reserva de plazas concretas; sin embargo, no podemos garantizarle un asiento en particular. Nos reservamos el derecho a ceder o reasignar plazas en cualquier momento, incluso con posterioridad al embarque en la aeronave. Esto puede ser necesario por motivos de funcionamiento o seguridad.
5.5 Reconfirmación de reservas
5.5.1 No exigimos reconfirmación de las reservas ya realizadas para vuelos de conexión o de regreso con Air China. Sin embargo, en los casos en los que otras compañías aéreas exijan al pasajero reconfirmar un vuelo de conexión o un vuelo de vuelta, el incumplimiento de dicho requisito autoriza a la portadora a cancelar la reserva del citado vuelo de conexión o de vuelta.
5.5.2 Usted deberá comprobar los requerimientos de reconfirmación de cualquier otra portadora que participe en su viaje. Cuando se requiera reconfirmar un vuelo, deberá ponerse en contacto con la portadora del vuelo en cuestión cuyo código designador aparece en el billete.
Artículo 6: Facturación y embarque
6.1 Las horas límite de facturación son diferentes en cada aeropuerto y le recomendamos que se informe sobre estos límites y los cumpla. Su viaje será más tranquilo si se da tiempo más que suficiente para cumplir con las horas límite establecidas. Nos reservamos el derecho a cancelar su reserva si no cumple con los plazos de tiempo indicados para la facturación. Nosotros o nuestros agentes autorizados le informaremos sobre las horas límite de facturación en su primer vuelo con nosotros. Para cualquiera de los subsiguientes vuelos en su viaje, deberá informarse usted mismo de estos límites. Las horas límite de facturación pueden consultarse a través de nosotros o de nuestros agentes autorizados.
6.2 Debe estar presente en la puerta de embarque a la hora exacta que le indiquemos en el momento de la facturación.
6.3 Podemos cancelar la plaza reservada para usted si no llega a la puerta de embarque a la hora especificada.
6.4 No nos haremos responsables de los daños o gastos en los que usted incurra por incumplir las disposiciones de este Artículo.
Artículo 7: Denegación y limitación del transporte
7.1 Derecho a denegar el transporte
A nuestra exclusiva discreción, podremos negarnos a transportarle a usted o a su equipaje siempre que le hayamos notificado por escrito nuestra intención de no transportarle en nuestros vuelos en ningún momento a partir de la fecha de tal notificación. Si esto ocurriera, tendría derecho a un reembolso. Además, podremos negarnos también a transportarle a usted o a su equipaje en caso de que:
7.1.1 resulte necesario para evitar infringir la normativa de un país, sus regulaciones u órdenes administrativas, que sea origen o destino de un vuelo o que vaya a sobrevolarse;
7.1.2 el hecho de transportarle a usted o a su equipaje pudiera poner en peligro o afectar en modo alguno la seguridad, la salud, la conveniencia o el confort de los demás pasajeros o de la tripulación;
7.1.3 su estado mental o físico, incluida toda intoxicación por alcohol o drogas, representara un peligro o riesgo para usted mismo, los demás pasajeros, la tripulación o las propiedades materiales;
7.1.4 se le hubiera hallado culpable de mala conducta en cualquier vuelo anterior, y tuviéramos motivos para pensar que tal conducta pudiere repetirse;
7.1.5 hubiera rehusado a someterse a un control de seguridad;
7.1.6 no hubiera pagado las tarifas, impuestos, tasas o suplementos correspondientes;
7.1.7 aparentemente no tuviera documentos de viaje válidos, deseara entrar en un país en el que estuviera en tránsito o para el que no tuviera documentos de viaje válidos, o destruyera sus documentos de viaje durante el vuelo o se negara a entregar los documentos de viaje, contra recibo, a la tripulación de vuelo, cuando así le fuera indicado;
7.1.8 presente un billete adquirido de forma ilegal, comprado a una entidad que no seamos nosotros ni ningún agente autorizado nuestro, o que hubiera sido denunciado como perdido o robado, que fuera una falsificación, o para el que no pudiera usted demostrar ser la persona titular.
7.1.9 no hubiera cumplido los requisitos indicados en el Artículo 3.3 en relación con la secuencia y uso de los cupones, o presentara un billete que hubiera sido expedido o modificado de alguna forma por alguien que no fuéramos nosotros ni un agente autorizado nuestro, o el billete estuviera dañado;
7.1.10 no respetara nuestras instrucciones relacionadas con la seguridad;
7.1.11 incumpliera la prohibición de fumar y de utilizar aparatos electrónicos a bordo de nuestra aeronave.
7.1.12 no respetara o se negara a obedecer las instrucciones de los miembros de la tripulación.
7.2 Asistencia especial
7.2.1 La aceptación del transporte de niños que viajan sin acompañante, personas discapacitadas, mujeres embarazadas, enfermos o de otras personas que necesiten una asistencia especial está sujeta al acuerdo previo con nosotros.
7.2.2. Transporte de niños
Los niños que aún no hayan cumplido los 5 años de edad sólo podrán viajar en compañía de un adulto que tenga al menos 18 años y que no padezca ninguna incapacidad mental o física o enfermedad. Los niños que vayan acompañados por un adulto tendrán que comprar billetes en la misma clase de servicio que la de su acompañante adulto. El transporte de niños de edades comprendidas entre los 5 y los 12 años sin acompañante requiere nuestro consentimiento previo junto con el pago del billete y de las tasas correspondientes. Las reglamentaciones que regulan el transporte de niños sin acompañante puede obtenerlas a través de nosotros.
7.3. Reembolso cuando se deniega el transporte
Cualquier persona a la que se le haya denegado su derecho a viajar o cuya reserva haya sido cancelada por alguno de los motivos especificados en los párrafos anteriores del Artículo 7, de acuerdo con el Artículo 10.3, podrá exigir un reembolso.
Artículo 8: Equipaje
8.1 Equipaje gratuito
Se le permite llevar cierto equipaje gratuitamente, siempre que se adecue a nuestras condiciones y limitaciones al respecto, que puede consultarnos directamente a nosotros o a cualquiera de nuestros agentes autorizados.
8.2 Exceso de equipaje
Podrá requerírsele que abone un cargo adicional por el transporte de todo equipaje que exceda las condiciones establecidas para el equipaje gratuito. Le facilitaremos las tarifas correspondientes a tales cargos siempre que las solicite.
8.3 Artículos no admitidos en el equipaje
8.3.1 Su equipaje, tanto el equipaje facturado como el no facturado, no podrá contener:
8.3.1.1 artículos que puedan suponer un peligro para el avión, para las personas o para los objetos de propiedad que se encuentran a bordo del avión, como los que se especifican en las Instrucciones técnicas para el transporte aéreo seguro de objetos peligrosos de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y en las Normas de objetos peligrosos de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA, por sus siglas en inglés), así como en nuestras propias normas. Entre dichos artículos no admitidos figuran: los materiales explosivos, los gases comprimidos, las sustancias corrosivas, oxidantes, radiactivas o magnéticas, los materiales inflamables, las sustancias venenosas, ofensivas o irritantes, y artículos similares sobre los que puede solicitar información adicional;
8.3.1.2 artículos cuyo transporte esté prohibido por las leyes, normativas u órdenes vigentes de cualquier estado desde, hacia o a través del cual se pretenda viajar;
8.3.1.3 todo artículo que consideremos razonablemente inadecuado para su transporte debido a que es peligroso, poco seguro o que, en razón de su peso, dimensiones, forma o naturaleza, sea inadecuado para el tipo de aeronave utilizada, o bien que sea frágil o perecedero. Puede solicitarnos información adicional sobre artículos no admitidos;
8.3.2 las armas de fuego y munición que no tengan fines deportivos o de caza no se pueden transportar como equipaje. Las armas de fuego y munición con fines deportivos o de caza pueden ser aceptadas como equipaje facturado. Las armas de fuego deben encontrarse descargadas y llevar el seguro puesto, y deben estar debidamente embaladas según nuestras instrucciones. El transporte de munición está sujeto a las normas de la OACI y la IATA, como se indica en el párrafo 8.3.1.1, y a las leyes, regulaciones u órdenes vigentes de cualquier estado desde, hacia o a través del cual se pretenda viajar;
8.3.3 Le recomendamos que no incluya en el Equipaje facturado dinero, joyas, metales preciosos, ordenadores, dispositivos electrónicos personales, pagarés, acciones u otros valores, medicinas con prescripción que deba tomar regularmente, documentos empresariales, pasaportes, documentos de identificación o cualquier copia de ellos.
8.3.4 Si, a pesar de estar prohibidos, incluye en su Equipaje los elementos que aparecen en las secciones 8.3.1 o 8.3.2 , no se nos podrá considerar responsables de cualquier pérdida o daño o de la confiscación de estos elementos por parte de las autoridades.
8.4 Derecho a denegar el transporte
8.4.1 Podremos negarnos a transportar como equipaje los artículos descritos en el artículo 8.3, y podremos denegar el subsiguiente transporte de éstos en caso de que fueran descubiertos.
8.4.2 Podremos negarnos a transportar como equipaje todo artículo que consideremos razonablemente inadecuado para el transporte a causa de sus dimensiones, forma, peso, contenido, naturaleza, o por motivos de funcionamiento o seguridad, o por la comodidad o conveniencia de los demás pasajeros. Puede solicitarnos información adicional acerca de los artículos inaceptables.
8.4.3 Podremos negarnos a aceptar equipaje para su transporte a no ser que, bajo nuestro punto de vista, esté embalado debidamente y con seguridad en un contenedor apropiado. Puede solicitarnos información adicional acerca de envolturas y contenedores apropiados.
8.5 Derecho de registro
Por motivos de seguridad, podremos solicitarle que nos permita registrar e inspeccionar por escáner su persona y registrar, inspeccionar por escáner o rayos X su equipaje. Podremos registrar su equipaje aunque usted no esté presente, con el objeto de determinar si se encuentra en posesión de o si su equipaje contiene cualquiera de los artículos descritos en el párrafo 8.3.1 o cualesquiera armas de fuego, municiones u otro tipo de armas que no nos hayan sido presentados de conformidad con los párrafos 8.3.2 o 8.3.3. Si no desea obedecer tal solicitud, podremos negarnos a transportarle tanto a usted como a su equipaje. En caso de que un registro o inspección por escáner le cause daños, o de que un registro, inspección por escáner o rayos X cause daños a su equipaje, no seremos responsables de éstos a no ser que se produzcan por una falta o negligencia por nuestra parte.
8.6 Equipaje facturado
8.6.1 Cuando usted nos entregue el equipaje que desee facturar, nosotros lo custodiaremos y expediremos al efecto una Etiqueta de identificación de equipaje para cada elemento que haya facturado.
8.6.2 Le recomendamos que escriba su nombre u otra clase de identificación tanto en el interior como en el exterior de su equipaje facturado.
8.6.3 Siempre que sea posible, el equipaje facturado se transportará en la misma aeronave que usted, a no ser que decidamos, por motivos de seguridad o funcionamiento, hacerlo en un vuelo alternativo. Si su equipaje facturado se envía en un vuelo posterior al que tome usted, nosotros se lo haremos llegar, a no ser que la legislación aplicable imponga que se encuentre usted presente por cuestiones de control de aduanas.
8.7 Equipaje no facturado
8.7.1 Podremos especificar unas dimensiones y/o peso máximos para el equipaje que desee llevar en la aeronave. Si no lo hacemos, el equipaje que lleve en la aeronave debe caber debajo del asiento que se halle enfrente del suyo o en un compartimiento cerrado situado en la parte superior de la cabina de la aeronave. Si su equipaje no pudiera almacenarse como se indica, o bien resultara demasiado pesado o se considerara poco seguro por el motivo que fuere, deberá transportarse como equipaje facturado.
8.7.2 Los objetos que no sean adecuados para su transporte en la bodega de carga, como instrumentos musicales delicados, y que no se adecúen a lo indicado en el párrafo 8.7.1 anterior, sólo se aceptarán para su transporte en la cabina de la aeronave si nos avisa de ello con antelación y nosotros le concedemos permiso para ello. Podrá exigírsele el pago de una tasa adicional por este servicio.
8.8 Recogida y entrega del equipaje facturado
8.8.1 Sujeto al artículo 8.6.3, se le exige que recoja su equipaje facturado tan pronto como se ponga a su disposición en su destino o escala. Si no lo recoge en un periodo de tiempo razonable, podremos cobrarle una cuota por almacenaje. Si el equipaje facturado no es reclamado en los tres (3) meses siguientes al momento en que se puso a su disposición, podremos deshacernos de él sin avisarle y sin incurrir con ello en responsabilidad alguna para con usted.
8.8.2 Únicamente el portador del comprobante de facturación y la etiqueta de identificación de equipaje tendrá derecho a la entrega del equipaje facturado.
8.8.3 Si la persona que reclama un equipaje facturado no pudiera presentar el comprobante de facturación ni identificar el equipaje mediante una etiqueta de identificación de equipaje, le entregaremos el equipaje a tal persona sólo cuando, en nuestra opinión, demuestre que tiene capacidad y derecho para hacerse cargo del él.
8.9 Animales
Si aceptamos transportar a sus animales, serán transportados conforme a las siguientes condiciones:
8.9.1 Deberá asegurarse de que los animales como perros, gatos, aves domésticas y otras mascotas estén en continentes adecuados para su transporte, vayan acompañados de los correspondientes certificados sanitarios y de vacunación, permisos de entrada y demás documentos exigidos por los países de entrada o de tránsito, sin los cuales no se aceptará el transporte de dichos animales. Nos reservamos el derecho a determinar la forma de transportarlos y a limitar el número de animales que llevamos en un vuelo. Dicho transporte estará sujeto a las condiciones adicionales que indiquemos y que le facilitaremos cuando nos las solicite.
8.9.2 Si se acepta como equipaje, el animal, junto con su contenedor y su alimento, no se incluirá como equipaje gratuito, sino que contarán como exceso de equipaje, en cuyo concepto usted habrá de abonar la tasa correspondiente.
8.9.3 Los perros lazarillo que acompañen a pasajeros discapacitados se transportarán gratuitamente con carácter adicional a la provisión de equipaje gratuito normal, con arreglo a las condiciones adicionales que indiquemos y que le facilitaremos cuando nos las solicite.
8.9.4 No seremos responsables de ningún daño, pérdida, enfermedad o fallecimiento de ningún animal que hayamos aceptado transportar, salvo negligencia por nuestra parte.
8.9.5 No aceptamos responsabilidad alguna por ningún animal que no cuente con todos los documentos de entrada, de salida, de tipo sanitario y cualquier otro documento para la entrada o el paso del animal por cualquier país, estado o territorio, y la persona que lleve al animal deberá reembolsarnos toda multa, coste, pérdidas o responsabilidades impuestas o incurridas por nosotros como resultado de la falta o insuficiencia de documentos exigidos para dicho animal.
8.9.6 El pasajero es responsable de todos los daños o lesiones que su mascota pueda causar a otros pasajeros o a la tripulación.
Artículo 9: Itinerarios de vuelos, retrasos y cancelaciones
9.1 Itinerarios
9.1.1 Las horas de los vuelos y el tipo de aeronave publicados en los horarios de vuelos pueden cambiar entre la fecha de publicación y la fecha efectiva del viaje. No están garantizados ni son parte integrante del contrato que tiene con nosotros.
9.1.2 Antes de aceptar su solicitud de reserva, le informaremos sobre la hora prevista para su vuelo, tal y como esté fijada en ese momento, y la haremos constar en su billete. Es posible que nos veamos obligados a cambiar los horarios previstos con posterioridad a la emisión del billete. Si nos indica una dirección de contacto, haremos lo posible por informarle de este tipo de cambios. Si tras la adquisición de su billete, se produce un cambio importante en el horario de vuelos que le resulta inaceptable y no podemos cambiar la reserva a un vuelo que le convenga, tendrá derecho a reembolso según lo dispuesto en el Artículo 10.2.
9.2 Cancelaciones, cambios de reserva, retrasos, etc.
9.2.1 Tomaremos todas las medidas necesarias para evitar el retraso tanto en su transporte como en el de su equipaje. No seremos responsables de ningún retraso si se prueba que hicimos todo lo que estaba en nuestra mano para evitarlo o que nos resultó imposible tomar dichas medidas.
9.2.2 Excepto cuando la Convención disponga lo contrario, si cancelamos un vuelo, no operamos un vuelo razonablemente de acuerdo con el horario programado, no paramos en su destino o escala, o hacemos que pierda la conexión con un vuelo para el que tenía una reserva confirmada, podremos, a su discreción, bien:
9.2.2.1 transportarle a la primera oportunidad en otro de nuestros servicios programados en los que haya plaza disponible sin recargo adicional y, cuando sea necesario, extender la validez de su billete; o
9.2.2.2 en un margen de tiempo razonable enviarle al destino indicado en su billete mediante nuestros servicios o los de otra portadora, o por los medios y clase de transporte acordados mutuamente sin recargo adicional. Si el precio y los cargos por el nuevo plan de viaje son más bajos de lo que usted ha pagado, le reembolsaremos la diferencia; o bien
9.2.2.3 le reembolsaremos de acuerdo con lo provisto en el Artículo 10.2.
9.2.3 Si se da cualquiera de las circunstancias apuntadas en el Artículo 9.2.2, excepto cuando la Convención disponga lo contrario, las opciones detalladas en los Artículos 9.2.2.1, 9.2.2.2 y 9.2.2.3 son las únicas y exclusivas soluciones que usted tiene a su disposición y nosotros no tendremos más responsabilidad para con usted.
9.2.4 Si no podemos proporcionar una plaza previamente confirmada, proporcionaremos una compensación a los pasajeros afectados de acuerdo con la legislación aplicable y nuestra política de compensación por denegación de embarque.
Artículo 10: Reembolsos
10.1 Le reembolsaremos el billete o cualquier parte no utilizada del mismo en conformidad con las correspondientes normativas de precios o tarifas, como se indica a continuación:
10.1.1 Salvo que se disponga lo contrario en este Artículo, tendremos derecho a reembolsar bien a la persona cuyo nombre figure en el billete o bien a la persona que haya pagado el billete, cuando se presente prueba suficiente de tal pago e identificación válida.
10.1.2 Si el billete hubiera sido pagado por otra persona que no fuera la que se indica en el mismo, y en el billete figurara que existe alguna restricción para el reembolso del precio, podremos efectuar dicho reembolso sólo a la persona que hubiera pagado el billete o a quien ésta designara.
10.1.3 Salvo en caso de extravío del billete, el reembolso sólo se efectuará cuando se presenten el cupón del pasajero, el recibo del pasajero y se devuelvan todos los cupones de vuelo no utilizados.
10.2 Reembolsos involuntarios
10.2.1 Si cancelamos un vuelo, no lo realizamos de acuerdo con el horario previsto, no nos detenemos en su lugar de destino o escala, o provocamos que pierda una conexión de vuelos para la que tenga una reserva confirmada, el importe del reembolso correspondiente será:
10.2.1.1 si no se ha utilizado ninguna parte del billete, igual al precio del vuelo abonado;
10.2.1.2 si se ha utilizado una parte del billete, como mínimo la diferencia entre el precio pagado y la tarifa aplicable a los trayectos recorridos, que no deberá sobrepasar nunca el total del precio pagado.
10.3 Reembolsos voluntarios
10.3.1 Si tuviera usted derecho al reembolso de su billete por motivos distintos a los que figuran en el Artículo 10.2, el importe del reembolso será:
10.3.1.1 si no se ha utilizado ninguna parte del billete, un importe igual al precio abonado, menos los cargos de servicio o comisiones por cancelación correspondientes;
10.3.1.2 si se ha utilizado una parte del billete, un importe igual a la diferencia entre el precio pagado y el precio del servicio de transporte entre los puntos para los que se ha utilizado el billete, menos los cargos de servicio razonables o comisiones por cancelación correspondientes.
10.4 Reembolso de un billete extraviado
10.4.1 Si pierde un billete o cualquiera de sus partes, tras proporcionarnos prueba suficiente de su pérdida y tras abonarnos los correspondientes gastos de administración, efectuaremos el reembolso un año después de la fecha de emisión del billete o de la fecha de inicio del viaje, a condición de que:
10.4.1.1 el billete perdido, o la parte correspondiente de él, no haya sido utilizado, reembolsado anteriormente o sustituido (salvo en caso de que el uso, reembolso o sustitución fuera a un tercero y resultara de un acto de negligencia por nuestra parte);
10.4.1.2 la persona en favor de la cual se efectúe el reembolso se comprometa, en la forma en la que nosotros indiquemos, a devolvernos el importe reembolsado en caso de fraude o en la medida en que el billete o parte de él fuera utilizado por un tercero (salvo en caso de que tal fraude o uso por parte de terceros se debiera a un acto de negligencia por nuestra parte).
10.4.2 Si nosotros o nuestro agente autorizado perdemos el billete o parte de él, la pérdida será nuestra responsabilidad.
10.5 Derecho a denegar el reembolso
10.5.1 Podremos negarnos a efectuar el reembolso en caso de que la solicitud correspondiente se formule después de la expiración del plazo de validez del billete.
10.5.2 Podremos negarnos a reembolsar el importe de todo billete que se nos hubiera presentado a nosotros, o a los correspondientes representantes gubernamentales, como prueba de intención de salir del país, a no ser que nos demuestre satisfactoriamente que cuenta con permiso para permanecer en dicho país o que tiene intención de salir de ese país utilizando los servicios de otra portadora u otro medio de transporte.
10.6 Moneda
Nos reservamos el derecho a reembolsar el importe por el mismo medio y en la misma divisa empleados para pagar originalmente el billete.
10.7 Entidad pagadora
Los reembolsos voluntarios solo podrá efectuarlos la portadora que emitió originariamente el billete o su agente, siempre y cuando esté autorizado para ello.
10.8 Reembolso de pagos realizados con tarjetas de crédito o débito
Los reembolsos de billetes pagados con tarjeta de crédito o débito sólo se efectuarán en forma de abono en la cuenta en la que se adeudó la cantidad pagada. Según lo dispuesto en este artículo, el reembolso sólo se efectuará por el importe y en la moneda que figuran en el billete. El importe del reembolso que el titular de la tarjeta de crédito o débito recibirá en forma de abono en la cuenta asociada a su tarjeta puede diferir del importe pagado originariamente a la compañía emisora de la tarjeta por el billete reembolsado, debido a cambios en el tipo de conversión. Estas diferencias no facultan al destinatario del reembolso a reclamarnos cantidad alguna.
Artículo 11: Comportamiento a bordo de la aeronave
11.1 Disposiciones generales
Si consideramos que usted se comporta a bordo de la aeronave de manera que ponga en peligro tanto la propia aeronave como a cualquier persona o propiedad que se halle a bordo, o bien impida a la tripulación cumplir sus obligaciones, o incumpla cualquier instrucción dada por la tripulación, lo que incluye, aunque con carácter meramente enunciativo pero no exclusivo, las relativas al consumo de tabaco, alcohol o drogas, o se comporta de manera que incomode, moleste, dañe o lesione a otros pasajeros o a la tripulación, podremos emprender las medidas que consideremos necesarias para evitar que prosiga tal conducta, incluida la restricción. Podremos desembarcarle de la aeronave o impedirle proseguir el viaje en cualquier punto del trayecto, y podrá ser acusado de todos los delitos que haya cometido a bordo de la aeronave.
11.2 Dispositivos electrónicos
Por motivos de seguridad, podremos prohibir o limitar el funcionamiento dentro de la aeronave de cualquier equipo electrónico, incluidos, aunque sin limitación a ellos, teléfonos móviles, ordenadores portátiles, grabadoras, radiocasetes, reproductores de CD, videojuegos o dispositivos de transmisión, incluidos los juguetes con radiocontrol y los walkie-talkies. Se permite el funcionamiento de audífonos y marcapasos.
11.3 Prohibición de fumar en los vuelos
No se puede fumar en ninguno de nuestros vuelos. Fumar está prohibido en todos los compartimentos de la aeronave.
11.4 Uso obligatorio de los cinturones de seguridad
Mientras permanezca sentado a bordo de la aeronave, tiene la obligación de llevar el cinturón abrochado durante todo el vuelo.
Artículo 12: Servicios adicionales
12.1 Si acordamos para usted la prestación de cualquier servicio distinto del transporte aéreo con terceros, o si expedimos cualquier billete o vale relacionado con el transporte o los servicios (distintos del transporte aéreo) prestados por un tercero, como reservas de hotel o alquiler de vehículos, al hacerlo estaremos actuando únicamente en calidad de agente y no nos haremos responsables de la disponibilidad o calidad de dichos servicios. Las condiciones generales del tercero que proporcione el servicio serán las que se apliquen.
12.2 Si le proporcionáramos además transporte terrestre, las Condiciones de transporte aplicables a este servicio serán diferentes de las expuestas en este documento.
Artículo 13: Trámites administrativos
13.1 Disposiciones generales
13.1.1 Usted será el responsable de obtener todos los documentos de viaje y visados exigidos, y de cumplir todas las leyes, regulaciones, órdenes, peticiones y requisitos de viaje de todos los países desde, hacia o a través de los cuales vaya a viajar.
13.1.2 No seremos responsables de las consecuencias que para cualquier pasajero pueda tener la no obtención de tales documentos o visados, o de la no observancia de las mencionadas leyes, regulaciones, órdenes, peticiones, requisitos, normas o instrucciones.
13.2 Documentos de viaje
Antes de viajar, debe presentar todos los documentos de entrada, salida, de tipo sanitario y de cualquier otro tipo exigidos por cualquier ley, regulación, orden, petición u otro requisito del país o países correspondientes, y debe permitirnos conservar copias de todos ellos. Nos reservamos el derecho a denegarle el transporte en caso de que no cumpla con tales requisitos o en caso de que sus documentos de viaje parezcan no estar en orden.
13.3 Denegación de entrada
Si se le deniega la entrada en cualquier país, será usted el responsable del pago de cualquier multa o cargo que nos imponga el gobierno correspondiente, así como del coste derivado de su traslado desde tal país. El precio que hayamos cobrado por su transporte hasta el punto de denegación o prohibición de entrada no será objeto de reembolso por nuestra parte.
13.4 Responsabilidad del pasajero por multas, costes de detención, etc.
Si nos vemos obligados a abonar cualquier multa o sanción, o a incurrir en cualquier gasto a causa de un incumplimiento por su parte de las leyes, regulaciones, órdenes, peticiones u otros requisitos de viaje de los países correspondientes, o de presentar los documentos exigidos, deberá reembolsarnos, cuando se lo solicitemos, todo importe abonado a tal fin y todo gasto consiguiente. Podremos aplicar a tal pago o gasto el valor de cualquier parte no utilizada del billete o cualquier fondo suyo que tengamos en nuestro poder. Por su propio interés, infórmese de las regulaciones de cada país hacia, desde o a través del cual vaya a viajar.
13.5 Inspección de aduanas
Si fuera necesario, usted deberá estar presente en la inspección de su equipaje por parte de los encargados de aduanas u otros representantes gubernamentales. No seremos responsables ante usted por ninguna pérdida o daño que sufra en el transcurso de tal inspección o que resulte de un incumplimiento por su parte de este requisito.
13.6 Inspección de seguridad
Deberá someterse a los controles de seguridad que las autoridades, los aeropuertos, otras portadoras o nosotros estimemos convenientes. No seremos responsables de ninguna lesión que pueda sufrir usted durante la inspección ni de ninguna pérdida o daño de sus pertenencias personales que resulte de dichos controles de seguridad, a no ser que sean causados por nuestra culpa.
Artículo 14: Portadoras consecutivas
El transporte que debamos llevar a cabo nosotros y otras portadoras en virtud de un mismo billete o billete de conexión se considera una operación única a efectos de la Convención. Sin embargo, se recomienda consultar el Artículo 15.1.
Artículo 15: Responsabilidad por daños
15.1 Estas Condiciones de transporte determinan nuestra responsabilidad para con usted. Las Condiciones de transporte de cualquier otra portadora que participe en su viaje determinan la responsabilidad de dicha compañía para con usted.
15.2 Sólo nos haremos responsables de los daños ocurridos durante el transporte en vuelos o segmentos de vuelos en los que aparezca nuestro código designador de línea aérea en la casilla de portadora del billete correspondiente a dicho vuelo o segmento de vuelo. Si emitimos un billete o si facturamos equipaje para el transporte en otra portadora, sólo actuaremos en calidad de agente de la otra portadora. No obstante, por lo que respecta al equipaje facturado, usted podrá exigir una indemnización por daños a la primera o última portadora que aparezca en su billete o en su comprobante de facturación.
15.3 Declinamos toda responsabilidad por los daños que podamos ocasionarle en nuestro cumplimiento de la legislación aplicable o de normas o regulaciones estatales, o por el incumplimiento por parte del pasajero de las obligaciones que de ellas se desprendan.
15.4 Salvo en casos en los que se especifique lo contrario en las presentes condiciones, nuestra responsabilidad se limita a daños compensatorios constatados de pérdidas y gastos probados de acuerdo con la Convención.
15.5 Cualquier responsabilidad que tengamos por daños se verá reducida o cancelada en caso de existir una negligencia por parte del pasajero que cause o propicie dichos daños de acuerdo con la legislación aplicable.
15.6 El contrato de transporte, incluidas las presentes Condiciones de transporte y las exclusiones y límites de responsabilidad, se aplican a nuestros agentes autorizados, trabajadores, empleados y representantes en la misma medida en que resultan aplicables para nosotros. El importe total que se recupere conjuntamente de nosotros y de tales agentes autorizados, empleados, representantes y personas no superará el importe de nuestra propia responsabilidad, si la hubiere.
15.7 Nada de lo recogido en las presentes Condiciones de transporte constituirá renuncia a ninguna exclusión o limitación de responsabilidad según la Convención o la legislación vigente, a no ser que se haya indicado expresamente.
15.8 No seremos responsables de ninguna enfermedad, lesión o discapacidad, incluido el fallecimiento, que se deriven de la condición física del pasajero o del empeoramiento de cualquier condición suya.
15.9 No seremos responsables de daños ocasionados por su equipaje o su contenido. Usted será el responsable de cualquier daño que su equipaje o su contenido pueda ocasionar a otras personas o a la propiedad, incluidos otros equipajes o contenidos, o nuestra propiedad.
15.10 No seremos responsables de ninguna forma por los Daños ocasionados en artículos no permitidos en el Equipaje facturado de acuerdo con los artículos 8.3.1 y 8.3.2 de estas Condiciones de transporte.
15.11 El transporte internacional tal y como se define en la Convención está sujeto a las normas de responsabilidad de la Convención. En los casos en los que el transporte internacional no esté sujeto a dichas normas, nuestra responsabilidad por daños relacionados con el transporte de pasajeros y equipaje será la recogida en la Convención de Montreal.
Artículo 16: Plazos para presentar reclamaciones
16.1 La aceptación de equipaje por parte del portador del comprobante de facturación sin queja de éste en el momento de la entrega resultará prueba suficiente de que el equipaje ha sido entregado en buen estado y de conformidad con el contrato de transporte, a no ser que usted pueda demostrar lo contrario.
16.2 Si su equipaje facturado resultara dañado, tendrá que notificarnos por escrito el hecho tan pronto como descubra los daños y, como máximo, siete días después de la recepción del equipaje.
16.3 Si desea presentar una reclamación en relación con el retraso de cualquier equipaje facturado, deberá notificarnos el hecho por escrito durante los 21 días siguientes a la fecha en la que el equipaje haya sido puesto a su disposición.
16.4 Si las reclamaciones no se presentan en los plazos especificados en los artículos 16.2 y 16.3, no podrá emprender ninguna acción legal contra nosotros.
Artículo 17: Condiciones varias
17.1 El transporte de su persona y su equipaje es un servicio que se presta conforme a ciertas otras regulaciones y condiciones que nos son aplicables o que hemos adoptado. Dichas regulaciones y condiciones, con sus modificaciones ocasionales, son importantes pues conciernen, entre otras cosas, al transporte de menores sin acompañante, mujeres embarazadas, enfermos, a las restricciones en el uso de dispositivos electrónicos, al consumo de bebidas alcohólicas a bordo de la aeronave, etc. Estas regulaciones y condiciones están a su disposición siempre que las solicite.
17.2 Estas Condiciones de transporte se aplican al transporte entre China continental y Hong Kong/Macao SAR.
17.3 El título de cada artículo en estas condiciones de transporte es sólo por conveniencia y no debe ser utilizado para la interpretación del texto.
Artículo 18: Efectividad y modificación
18.1 Las presentes condiciones de transporte entran en vigor el 1 de diciembre de 2007.
18.2 Nos reservamos el derecho de modificar estas Condiciones de transporte, normas de transporte, aranceles y tarifas sin aviso previo. Este tipo de modificación no se aplica al transporte que ya se haya iniciado antes de dicha modificación.
Nombre de la portadora: Air China Limited.
Abreviación del nombre: CA - 999
Estas Condiciones generales de transporte están en vigor desde el 1 de diciembre de 2007.